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Conducir. ¿Cómo hacerlo en España?

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Si tienes pensado conducir en España, seguro que te interesa averiguar con antelación cómo alquilar un coche y si tu carné es compatible en nuestro país o saber que es imprescindible disponer de un seguro de validez internacional. Descúbrelo todo a continuación.

  • ¿Qué carnés son compatibles en España para conducir?

    Si viajas en tu coche debes informarte de si tu permiso de conducir es válido para conducir en España, si debes canjearlo o si necesitas obtener el Permiso Internacional.

     

    Los permisos expedidos en países de la Unión Europea y el Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega), son totalmente válidos para conducir en España siempre y cuando estén vigentes. El canje de estos permisos por un equivalente español es voluntario, a menos que el permiso caduque, en cuyo caso deberás renovarlo y canjearlo por uno español.

     

    Si vienes de cualquier otro país, lo aconsejable es que  antes de venir, obtengas en tu país el permiso internacional. Éste tiene una validez de un año y es un permiso complementario, por lo que siempre que vayas a usarlo lo tienes que acompañar de tu pasaporte y de tu permiso de conducir extranjero.

    Más información sobre otros permisos válidos para conducir en España.

    Además, ten en cuenta que la edad mínima para conducir en España es de 18 años.

     

    Recuerda además que es imprescindible disponer de un seguro de validez internacional. Si eres ciudadano de un país de la Unión Europea, Suiza, Gran Bretaña, Noruega, Islandia, Liechtenstein, Andorra, Bosnia-Herzegovina, Serbia o Montenegro puedes justificarlo con la póliza de seguro y un resguardo del pago que certifique su vigencia. Si eres ciudadano de Albania, Azerbaiyán, Bielorrusia, Irán, Israel, Macedonia, Marruecos, Moldavia, Túnez, Turquía, Ucrania o Rusia deberás obtener la Carta Verde o Certificado Internacional de Seguro de Responsabilidad Civil. Para el resto de casos, será necesaria la contratación de un Seguro de Fronteras.

     

    Dado que las condiciones pueden variar, te recomendamos contactar con el Consulado o Embajada de España para verificar estos requerimientos antes de iniciar el viaje.

  • ¿Cómo alquilar un coche?

    Para alquilar un vehículo en España hay que tener al menos 21 años de edad y carné de conducir en vigor. Muchas empresas exigen además una antigüedad de uno o dos años en el carné de conducir. Para completar el proceso de alquiler, necesitarás una tarjeta de crédito.

    Recuerda que si van a conducir más de un conductor, el resto debe aparecer como conductores adicionales en el contrato. Además, la tarifa suele ser más alta para los menores de 25 años.

    En España, es habitual que los vehículos de alquiler sean de transmisión manual y los de transmisión automática suelen tener un precio mayor.

  • ¿Cuáles son las principales regulaciones?

    En España se conduce por el lado derecho, el cinturón de seguridad es obligatorio para todos los ocupantes del vehículo y existen límites de velocidad en todas las carreteras. Estos son 120 km/h en autovías y autopistas; 90 km/h en carreteras convencionales y 30 km/h en zonas urbanas.

     

    Otras normas importantes son:

     

    Está prohibido hablar por el móvil sin manos libres o manipularlo mientras se está al volante.

    Los adelantamientos sólo se pueden efectuar por la izquierda del vehículo a adelantar.

    Los menores de estatura inferior a 135 centímetros no pueden ocupar el asiento delantero y siempre deben emplear algún dispositivo de sujeción homologado. Se recomienda el uso de dispositivos de sujeción con respaldo hasta que el menor alcance los 150 centímetros de altura. En taxis y VTC no es obligatorio el uso de SRI sólo si se trata de un desplazamiento interurbano, pero se recomienda su uso para garantizar la seguridad de los niños.

    Si bebes, no conduzcas: La nueva tasa supone que no se podrá detectar la más mínima cantidad de alcohol en los usuarios menores de edad, esto es, 0 g/l en sangre y 0 mg/l en aire espirado.Para el resto de conductores la tasa es de 0,5 g/l de alcohol en sangre y 0,25 mg/l en aire espirado para los conductores generales, y 0,3 g/l en sangre y 0,15 mg/l en aire espirado para los profesionales y los noveles.

    En motos, bicicletas y ciclomotores es obligatorio el uso del casco. 

    Además de las normativas generales de tráfico, ahora se incluyen regulaciones específicas para el uso de patinetes eléctricos.

    El aparcamiento en la vía pública no siempre está permitido o es gratuito. En muchas ciudades las áreas de estacionamiento están reguladas y son de pago. Normalmente, se pueden identificar por haber parquímetros en la zona.

  • ¿Qué carreteras son de pago y cuáles no?

    En España, la amplia mayoría de carreteras de la red nacional es de uso gratuito. Entre ellas se encuentran las autovías (calzadas independientes para cada sentido y sin ningún cruce al mismo nivel).

    Sin embargo, hay una serie de carreteras que pueden requerir el pago de un peaje. Son las autopistas. El importe a pagar varía según el caso y, en general, existen vías alternativas de uso gratuito.

    Puedes consultar cuáles son las autopistas de pago a través de esta web.

    El pago de peaje se puede realizar en efectivo, mediante tarjeta de crédito o por telepeaje (requiere la instalación de un dispositivo en el automóvil)

  • ¿Cómo actuar si se recibes una multa?

    Las infracciones sancionadas de la Ley de Seguridad Vial deben pagarse siempre. Existen dos posibilidades a la hora de recibir una multa de tráfico:

     

    Si la sanción se comunica en el momento de la infracción, y en el caso de que se trate de la Guardia Civil, es posible realizar el pago directamente a los agentes mediante tarjeta de crédito o débito.

     

    Si la sanción se comunica vía postal, el pago se puede realizar por distintas vías:

     

    1. A través del teléfono 060 (desde España): el servicio sólo está en castellano. El pago se realiza mediante tarjeta. Desde el extranjero el número de teléfono de contacto es el +34 902887060.

     

    2. A través de Internet: mediante la Dirección General de Tráfico de España

     

    3. De manera presencial: 

     

    En las sucursales de Caixabank.

    En las oficinas del servicio de Correos de España, abonando una tasa adicional más el 1,50% de la cuantía a pagar.

    En las Jefaturas Provinciales de Tráfico mediante de tarjeta de crédito o débito.

     

    4. Si resides en el extranjero, también existe la posibilidad de realizar el pago a través de transferencia bancaria. Si tienes alguna duda o consulta relacionada con multas de tráfico, puedes contactar con la DGT a través del teléfono de información +34 987 010 559.  

     

    Recuerda: si pagas la multa en un plazo de 20 días naturales hay un descuento del 50 % en el importe a pagar. Una vez transcurridos los 20 días, comienza un periodo ordinario de 45 días en el que se debe abonar el importe completo de la multa. Si se excede este segundo plazo, la sanción se deriva a la Agencia Tributaria, que se encarga de cobrarla con un recargo adicional del 20% del importe inicial.